Desde la fe ilustrada en el legislador hasta el optimismo contemporáneo de “regular para resolver”, hay una promesa cultural que se repite con disciplina: si un problema es grave, se convierte en ley; y si se convierte en ley, empieza a desaparecer. Esa promesa es seductora porque convierte la política en un acto limpio: escribir normas como si fueran antídotos. El problema —como advirtió Murray Edelman al estudiar la política como espectáculo simbólico— es que buena parte de la legislación funciona menos como herramienta de transformación y más como ritual de tranquilidad pública: un gesto que dice “algo hicimos” aunque cambie poco en la práctica.
La “ley placebo” no es una metáfora gratuita. En teoría legislativa contemporánea se discute, con creciente precisión, la idea de legislación predominantemente simbólica: normas que fallan en eficacia (cumplimiento/aplicación) o en efectividad (lograr sus objetivos), pero que conservan un valor expresivo o político relevante. Carolina Fernández Blanco recuerda que esta “simbiosis” entre norma y símbolo no es binaria: las leyes casi nunca son 100% simbólicas o 100% instrumentales; más bien, se mueven por grados, y el efecto expresivo puede dominar cuando la norma es inaplicable o carece de condiciones reales para operar.
Aquí está el gancho incómodo: el engaño puede ser institucionalmente racional. No porque “todos mientan”, sino porque el sistema enfrenta incentivos perversos. Aprobar una ley es visible, rápido, políticamente premiable; implementarla es caro, lento, conflictivo y muchas veces exige presupuesto, coordinación, capacidades técnicas y voluntad sostenida. El resultado es una asimetría: el legislador cosecha legitimidad por el gesto; los costos se trasladan a burocracias saturadas o a gobiernos subnacionales sin recursos. Cuando eso ocurre, la norma opera como teatro moral: produce una señal de virtud y orden, aunque el problema permanezca.
Un ejemplo estructural de este mecanismo es la brecha entre “función” y “finanzas” en la acción pública. Rodríguez-Pose y Vidal-Bover muestran, con un panel de 518 regiones en 30 países OCDE (1997–2018), que los mandatos sin financiamiento (responsabilidades transferidas sin recursos) tienen un impacto negativo, estadísticamente significativo y robusto sobre el crecimiento regional. En otras palabras: la ley o la reforma puede “descentralizar” tareas para exhibir modernización, pero si no “sigue el dinero”, el resultado es disfunción, pérdida de eficiencia y erosión de confianza institucional. Además, el mismo estudio subraya el tamaño del terreno donde esto importa: en la OCDE, 40.4% del gasto público se realiza a nivel subnacional, lo que multiplica el daño cuando la legislación reparte obligaciones sin capacidad real de ejecución.
La literatura jurídica ayuda a entender por qué el placebo funciona políticamente incluso cuando fracasa materialmente. La teoría de la función expresiva del derecho sostiene que la ley también “hace cosas” por lo que declara: señala aprobación o desaprobación, coordina expectativas y construye normas sociales, aun cuando la sanción sea débil o la aplicación sea irregular. McAdams lo sintetiza así: el derecho no opera solo por castigo; opera porque comunica y modela creencias compartidas. La ley placebo, entonces, puede “servir” aunque no resuelva: sirve para calmar ansiedad pública, para marcar identidad moral del gobierno, para encuadrar el debate y para desplazar la discusión desde resultados hacia intenciones.
El detalle corrosivo es distributivo. Cuando una norma es aspiracional, vaga o sin presupuesto, el cumplimiento real depende de quién tenga capacidad de navegar el sistema: instituciones fuertes, municipios ricos, organizaciones con abogados, empresas con área de compliance. Los demás reciben el mensaje moral (“estás protegido por la ley”) sin el acceso efectivo (“pero no hay cómo hacerlo valer”). Así, el placebo moral puede producir una doble injusticia: promete protección y, al incumplirse, convierte el fracaso en culpa individual (“no supiste”, “no metiste bien el trámite”) en vez de reconocer un diseño que sustituyó implementación por señal.
Por eso la crítica no es “no legislar”. Es legislar con un estándar más adulto: si una ley pretende cambiar conductas, debe declarar también mecanismo, capacidad, presupuesto, responsables y métrica de cumplimiento. Si no, el sistema seguirá prefiriendo la política más barata: la que se ve bien en el Diario Oficial y no necesariamente en la vida cotidiana.
Referencias
Edelman, M. (1964). The symbolic uses of politics. University of Illinois Press.
Fernández Blanco, C. (2025). Symbolic legislation, efficacy, effectiveness and legislative error. Zbornik radova Pravnog fakulteta u Splitu, 62(1), 21–36.
McAdams, R. H. (2000). An attitudinal theory of expressive law. SSRN.
Rodríguez-Pose, A., & Vidal-Bover, M. (2022). Unfunded mandates and the economic impact of decentralisation: When finance does not follow function. Political Studies, 1–25. https://doi.org/10.1177/00323217221136666
López Gallegos, A. (2011). El escepticismo político de Murray Edelman. [Artículo en SciELO México]
